Para quién es
El visado de teletrabajador internacional está pensado para no comunitarios que trabajan en remoto para empresas o clientes fuera de España. Te da residencia legal — y permite acogerte al régimen fiscal especial tipo Beckham al 24% sobre rentas españolas hasta 600 000 €.
- Ciudadanos no UE/EEE (los europeos no lo necesitan — se registran directamente).
- Empleados de empresa extranjera (máximo 20% de ingresos de clientes españoles).
- Autónomos con varios clientes extranjeros.
Requisitos de ingresos y elegibilidad
El listón está en el 200% del SMI, que en 2026 son unos 2 760 €/mes brutos o ~33 000 €/año. Súmale un 75% del SMI por cónyuge y 25% por hijo.
- 3+ años de experiencia profesional O titulación afín.
- Al menos 3 meses en tu contrato o actividad actual antes de solicitar.
- La empresa debe llevar al menos 1 año constituida.
- Certificado de antecedentes penales apostillado de todos los países en los que hayas vivido los últimos 5 años.
- Seguro médico privado español con cobertura completa (sin copagos).
Dos vías de solicitud
Desde tu país (consulado)
Solicitud en el consulado español. Te dan visado de 1 año y luego lo conviertes en tarjeta de residencia de 3 años en España. Más lento pero llegas con todo hecho.
Desde España (UGE)
Entras como turista y solicitas directamente a la UGE dentro de los 90 días. Te dan tarjeta de residencia de 3 años directamente. Más rápido, más arriesgado si el expediente está incompleto.
Régimen fiscal especial (tipo Beckham)
Los titulares del VNDG pueden acogerse a un régimen especial: 24% fijo sobre rentas de fuente española hasta 600 000 € y buena parte de las rentas extranjeras exentas. Hay que solicitarlo en los 6 meses posteriores al alta en Seguridad Social. Si lo haces mal o pasas del plazo, tributas por IRPF general (hasta 47%).
Motivos habituales de denegación
- Ingresos justos al mínimo — deja un 15% de margen.
- Contrato laboral que no autoriza explícitamente el teletrabajo desde España.
- Antecedentes penales sin apostillar o con más de 3 meses.
- Seguro médico con copagos o coberturas incompletas.
- Intentar usarlo cuando más del 20% de los ingresos vienen de clientes españoles.